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¿Puedo amamantar en lugares públicos?

La lactancia es parte de los derechos humanos fundamentales, ya que incluye el derecho a la alimentación y el derecho a la salud. Todas las madres tienen el derecho de amamantar a sus hijos y éste debe ser reconocido por el Estado y la sociedad en general, que debe respetarlo, protegerlo, promoverlo y apoyarlo.

Mientras que la decisión de amamantar es de cada una de las madres, los gobiernos tienen una serie de deberes para que las mujeres, como titulares de este derecho, estén habilitadas para ejercerlo plenamente, eliminando los obstáculos que pudieran existir.

La Argentina, como la mayoría de los estados del mundo, respeta y protege el derecho a la lactancia. Para ello, incorporó en su sistema normativo determinados instrumentos jurídicos que lo garantizan.

El derecho a amamantar goza de protección constitucional; así ha sido establecido específicamente en el artículo 24 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (incorporada a la Constitución Nacional con la máxima jerarquía –artículo 75º, inciso 22–). Así como se reconoce el derecho de todo niño a gozar del más alto grado de salud alcanzable, se establece que los gobiernos deben asegurar las provisiones de alimentos nutritivos, y que las familias y la niñez deben estar informadas sobre la nutrición y las ventajas de la leche materna.

Por otro lado, en 2015 entró en vigencia la Ley Nacional N° 26.873, de Promoción y Concientización Pública sobre la Lactancia Materna, orientada a visibilizar la importancia de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños.

Así como existen normas, leyes y otros instrumentos específicos que protegen este derecho, no existe ninguna ley u ordenanza que impida amamantar en público y es responsabilidad de los estados y de la comunidad en general apoyar e incentivar la lactancia.

Fuentes: Unicef, FUNDALAM