Pasar al contenido principal

En Ciudad de Buenos Aires la sillita de seguridad del auto es obligatoria

En Capital Federal, los bebés y niños menores de 12 años deberán viajar, por ley, en una silla de seguridad o booster.

A partir de la sanción de la Ley 5294, que modificó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, es obligatorio el uso de sillitas de seguridad o booster para proteger a bebés y niños menores de 12 años durante los viajes en auto.

La ley establece que el conductor o titular del vehículo que traslade a menores de 12 años -o con una altura menor a 1,50 centímetros- sin el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente, será sancionado con una multa.

Además, determina que los Sistemas de Retención Infantil (SRI), como se denominan las sillitas, utilizados deben cumplir con los requisitos establecidos en cualquiera de las siguientes normas (que figuran en las etiquetas del producto):

  • IRAM 3680-1 y 3680-2 (Argentina)
  • FMVSS213 (Estados Unidos)
  • UNECER44/04 (Unión Europea)
  • AS/NZS 1754 (Australia y Nueva Zelanda)
  • INMETRONBR 14.400 (Brasil)


Esta ley se aplica solo en la Ciudad de Buenos Aires ya que a nivel nacional, la Ley de Tránsito establece que los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero del automóvil, pero no especifica cómo deben ir sujetos.

Bebés Niños Adolescentes Prevención de accidentes Salud del niño Salud en adolescentes