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Lactancia y trabajo: ¿me corresponden descansos durante la jornada laboral para amamantar a mi bebé?

En la Argentina, la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) establece en su artículo 179 que toda madre trabajadora dispone de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo durante la jornada de trabajo, por un período no superior a un año a partir de la fecha de nacimiento de su bebé, salvo que por razones médicas sea necesario extenderlo.

En el caso de tener más de un bebé, la ley no especifica diferencia alguna o más tiempo en relación a los descansos por lactancia. Es decir que se aplica la misma norma para mamás de múltiples.

Si el bebé no está cerca como para ir a darle el pecho, la madre puede sumar esos descansos y trabajar una hora menos por día, o utilizarlos para extraerse leche y conservarla refrigerada hasta salir del trabajo para poder alimentar a su bebé con ella.

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